El dÃa 1 de octubre se abrió el plazo para solicitar las ayudas a la contratación de personas desempleadas en Bilbao para el año 2019 que ofrece Bilbao Ekintza.
Dejamos un pequeño resumen de las mismas y para cualquier cuestión no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué entidades pueden acceder?
Empresas locales: Personas fÃsicas o jurÃdicas de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad económica en el ámbito territorial del municipio de Bilbao.
¿Cómo son los contratos?
La duración mÃnima de los contratos será de 3 meses, pudiendo formalizarse mediante cualquier modalidad de contratación con excepción del contrato para la formación y el aprendizaje, asà como de interinidad y relevo.
Los contratos podrán ser de jornada completa o tiempo parcial, teniendo en cuenta que estos últimos deberán ser de un mÃnimo del 50% de jornada y una duración mÃnima de 6 meses.
Para tener la consideración de subvencionables, las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.
Las contrataciones deberán haberse celebrado a partir del 1 de enero de 2019, en el caso de los contratos con perÃodo de subvención de 6 meses, y a partir del 1 de abril de 2019 en el caso de los contratos con perÃodo de subvención de 3 meses, y será objeto de subvención el periodo correspondiente en cada caso, entre el término inicial y, como máximo, el 30 de junio de 2020. (Lo que implica que la fecha tope para realizar un contrato de 3 meses es el 31 de Marzo de 2020 y para contratos de 6 meses será el 31 de diciembre 2019).
¿A quién se puede contratar?
Requisitos indispensables: Personas desempleadas e inscritas como
demandantes de empleo en Lanbide.
Desempleado: No estar dadas de alta como trabajadores/as en el Régimen General de la Seguridad Social, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. A estos efectos, la situación de alta asimilada por vacaciones de contratos anteriores, no se considera situación de desempleo. Esta
condición deberá cumplirse, como mÃnimo, el dÃa inmediatamente anterior al inicio de la contratación y se validará a través del Informe de vida laboral de la persona contratada o a contratar.
Estar desempleado no conlleva estar inscrito como demandante de empleo: La inscripción en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo como demandante de empleo es independiente de la situación de afiliación a la Seguridad Social. Esta condición deberá cumplirse, como mÃnimo, el dÃa inmediatamente anterior al inicio de la contratación. No es válido estar inscrito como demandante de empleo en otra CCAA.
Estar empadronadas y con residencia legal en el municipio de Bilbao. A estos efectos, se tendrá en cuenta la dirección que figura en Lanbide – Servicio Vasco de Empleo.
No serán objeto de subvención contrataciones realizadas por una misma empresa de un/a mismo/a empleado/a si ha sido subvencionado/a en ocasiones anteriores.
¿Qué ayudas hay?
60 Ayudas de 3.000 € como máximo, por contrato a jornada completa
de 3 meses de duración.
300 Ayudas de 6.000€ como máximo, por contrato a jornada completa
de duración igual o superior a 6 meses.
175 Ayudas de 9.000 € como máximo, por contrato a jornada completa
y con una duración igual o superior a 6 meses que encajen en al menos
uno de estos colectivos:
Perceptores/as Titular de RGI y beneficiario/as de RGI
Menores de 35 años
Personas desempleadas de larga duración
Mayores de 55 años
105 Ayudas a tiempo parcial por una duración igual o superior a 6
meses. La subvención otorgada será proporcional a la jornada trabajada,
no pudiendo ser esta jornada inferior al 50%.
Estas cuantÃas económicas podrán incrementarse en un 10%, cuando los
contratos se celebren con mujeres en ocupaciones en las que su
presencia respecto a la de hombres sea inferior al 50%.