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écija club de solterosAl verse inmerso en un accidente de tráfico, asaltan las primeras dudas sobre cómo tramitar correctamente este suceso y todo lo que conlleva.
En el momento inicial, y en el mismo lugar del accidente, se ha de rellenar el “parte amistoso” que nos habrá facilitado nuestra Compañía de Seguros y donde se deben incluir todos los datos de los vehículos siniestrados, los de las partes implicadas, circunstancias del accidente, datos de la Compañía, etc,…Lo firmarán ambos conductores y se presentará en la Compañía de cada uno de ellos.
La opción que acabamos de exponer, no siempre es posible (por falta de acuerdo de los conductores), por lo que se deberá recabar la ayuda de las autoridades policiales para que elaboren un atestado sobre las circunstancias del accidente.
Para el caso de que el otro vehículo se de a la fuga o se niegue a colaborar, la precaución pasa por anotar la matrícula y demás datos que podamos conseguir, e incluso los datos de los testigos que hayan presenciado el siniestro si los hubiere.
Después de este primer instante, con la mayor rapidez (máximo antes de 7 días) habrá que dar parte a la Compañía aseguradora para que abra el expediente del siniestro, y se puedan poner en marcha los arreglos del vehículo y las reclamaciones de daños, siempre de acuerdo a las condiciones pactadas en la póliza.
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Resultado de un accidente son los daños materiales y/o personales.
RECLAMACIÓN DE DAÑOS MATERIALES:
Son los que afectan al vehículo como consecuencia del accidente. Como se habrá tenido que comunicar a la Compañía el siniestro y tendrán el parte amistoso o atestado, un perito de la compañía valorará los daños, informando de si los desperfectos son derivados de las circunstancias de ese accidente, de acuerdo a los documentos aportados.
Dependiendo de la valoración del perito de la Compañía, se le repararán los daños, salvo que el coste de la reparación sea superior al valor de venta del vehículo, siendo en este último caso indemnizado por ese valor.
Algunas pólizas contienen también apartados para poder reclamar otros objetos que hayan sufrido daños (maletas, mercancías, objetos personales,..) siempre que se pueda acreditar su existencia al momento del accidente. Para ello conviene conservarlos, y si existe factura aportarla a la Compañía.
RECLAMACIÓN DE DAÑOS PERSONALES:
Si se han producido víctimas en un accidente, estas han de ser indemnizadas.
En el Centro médico donde se atienda a las víctimas, se emitirá un Informe que ha de ser lo más detallado posible e indicando que se ha sido víctima de un accidente de tráfico.
Las indemnizaciones por las lesiones (o en su caso fallecimiento), se fijan conforme a un baremo (agencia de matrimonio en alboraya) que se aplicará en atención a las secuelas que se sufran, tiempo de recuperación, edad de la víctima, etc,…y también en esa cuantía se podrán reclamar los gastos de tratamientos médicos o rehabilitadores que se hayan tenido que afrontar.
¿CÓMO RECLAMO ESTOS DAÑOS?
Siempre es recomendable ponerse en manos de un experto que le asesore de qué daños se pueden reclamar y en qué cantidad dineraria se traducen. A veces las propias Compañias Aseguradoras intentan realizar este proceso directamente con el perjudicado, y este no sabe si lo que le ofrecen es lo que le corresponde legalmente o no, por eso conviene asegurarse, y realizar un estudio donde se compruebe que en efecto se están valorando todas las circunstancias del caso en concreto.
Previo al acceso a la vía judicial, que en los últimos tiempos se ha visto perjudicada por las tasas judiciales, existirá casi siempre una vía extrajudicial donde su abogado puede gestionar el expediente del accidente llegando a un acuerdo razonable con la Compañía sin necesidad de acudir a juicio.
¿SABE QUE SU ABOGADO PUEDE SALIRLE GRATIS?
Aunque no todas, muchas de las pólizas de seguro tienen cubierta la denominada asistencia o defensa jurídica (con limitación hasta cierto importe a veces), donde la factura que le emita su abogado por la tramitación de la reclamación de daños, será cubierta en todo o en parte por su Seguro. Lo más importante es contar con una buena asesoría legal. En Bilbao Consultores te aconsejamos sobre este y otros temas legales.
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villa de vallecas conocer chicosA menudo nos consultan asuntos de familia, y tratándose de divorcios la petición estrella es: “Yo quiero divorciarme, y quiero un “divorcio express”. Puedo entender que lo que el cliente nos demanda es que una vez tomada la decisión, lo quieren “aquí y ahora”, por la difícil situación personal que un procedimiento de divorcio supone, y sobre todo porque sabemos que una decisión de este tipo viene generada en la mayoría de los casos, por mucho tiempo de tensiones, idas y venidas, y un largo peregrinaje hasta tomar la decisión definitiva, pero con la solicitud de “Express” la mayoría no tienen claro qué significa exactamente.
Pues por aclarar el término, diremos que es la entrada en vigor de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, la que puso ese titular al conocido como “Divorcio Express”.
Divorcio Express, las novedades
La principal novedad radicaba en que se agilizaban mucho los trámites hasta conseguir el ansiado divorcio; ya no era necesario alegar una causa que lo justificase, ni cumplir con un periodo de tiempo de matrimonio que era hasta entonces de un año, ni tener que solicitar con carácter previo al divorcio la separación legal, por lo que en resumen un proceso que era tedioso para ambos cónyuges y se podía dilatar interminablemente, con la reforma legal se hacía rápido y por tanto más eficaz.
Los requisitos en la actualidad para solicitar el divorcio es que desde el matrimonio hayan transcurrido tres meses, y sin alegar causa que lo justifique se puede presentar la demanda sin separación previa. También puede presentar demanda de divorcio uno sólo de los cónyuges pero en ese caso estaríamos hablando de un divorcio contencioso y por tanto un procedimiento más largo y donde el poder de decisión de las partes se ve reducido.
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Como es lógico, en el caso de acuerdo mutuo de ambos cónyuges, los trámites son especialmente ágiles (de ahí el nombre de “divorcio express”), puesto que una vez presentada la demanda se puede obtener la sentencia en aproximadamente dos meses.
La ventaja sobre el divorcio contencioso, es que en el procedimiento de mutuo acuerdo, el proceso es más rápido, más económico y sobre todo permite que sea el matrimonio el que determine (dentro de unos parámetros legales), el reparto de los bienes, el uso y disfrute del domicilio familiar, la guardia y custodia de los hijos o el régimen de visitas, la pensión de alimentos o la compensatoria,…. Todos estos acuerdos los plasmaremos a través del denominado Convenio Regulador que se presentará en el Juzgado una vez firmado, y que deberán ratificar los cónyuges en comparecencia por separado.
Expuesto el resumen de lo anterior, tenemos que referirnos obligadamente a los e-divorcios o divorcios que se tramitan a través de Internet bajo el nombre de “divorcio express”.
No podemos obviar que en la era en que estamos los servicios tecnológicos cada vez ofrecen más servicios de toda índole, con precios muy llamativos. El problema surge con la relación calidad-precio-servicio que queramos recibir.
Cada uno es por supuesto libre de elegir y valorar lo que quiere, pero evidentemente nadie da duros a cuatro pesetas, y la mayoría de esos servicios no contarán jamás con un servicio personalizado, ni con un trabajo minucioso. Los despachos de abogados sabemos qué tiempo hay que dedicar a cada cliente, y a sus necesidades (un divorcio nunca es igual a otro puesto que un matrimonio tampoco es idéntico), y ello como es lógico tiene un precio, por lo que servicios de low cost no pueden llevar detrás una dedicación personal, sino que son procesos mecanizados, y en muchos casos traen problemas posteriores por no haber recogido aspectos importantes, o detallado debidamente circunstancias sobre las relaciones con los hijos, por poner un ejemplo; visitas, actividades lúdicas o escolares, personas que se harán cargo del menor si los padres no pueden ir a recogerle,…. .
Es importante, ponerte siempre en manos de profesionales que puedan solventar todas tus dudas y guiarte en el procedimiento, por lo que nuestra recomendación es acudir a un profesional de tu confianza que te pueda asesorar adecuadamente a tus necesidades. En valencia soltera resolveremos todas tus dudas.