18
Nov
By: Juan Antonio López de Miguel
Autónomos / Seguridad Social
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Seguridad Social. Procesos de Incapacidad Temporal
Detalles de los procesos de tramitación de bajas y altas médicas y el control de las situaciones de incapacidad temporal.
El próximo 1 de diciembre de 2015 entrará en vigor La Orden ESS/1187/2015, que desarrolla el Real Decreto 625/2014 e introduce las siguientes novedades:
- Nuevos modelos de los partes médicos de baja, confirmación y alta.
- Partes de baja/alta a la empresa en los procesos de duración muy corta.
- Los procesos de incapacidad temporal se han clasificado según la duración estimada.
- La prestación económica de la IT, se abonará únicamente hasta la fecha del alta médica sin incapacidad permanente.
- La prestación económica de incapacidad temporal durante la jubilación parcial, se abonará en pago directo.
Para cualquier aclaración pueden ponerse en contacto con el departamento de asesoría laboral de Bilbao Consultores donde le resolveremos todas las dudas al respecto.