By: Juan Antonio López de Miguel
Empleo / Subvenciones
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ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Empresas o entidades (excepto las Administraciones Públicas y los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y demás entidades que integran el sector público), independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la convocatoria y que cumplan los siguientes requisitos y condiciones:
Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Los contratos indefinidos, los contratos temporales de duración igual o superior a 12 meses y los contratos temporales de duración igual o superior a 6 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Dichos contratos
deberán iniciarse a partir de la publicación de la presente convocatoria.
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 6 meses para contratos cuya duración sea igual o superior a 6 meses e inferior al año, y no podrá superar los 12 meses para contratos cuya duración sea igual o superior al año, indefinidos o temporales, con independencia de la duración total del contrato y finalizará, en todo caso, el 21 de noviembre de 2020.
Los contratos subvencionables podrán formalizarse en base a cualquier modalidad contractual, exceptuando los contratos para la formación y el aprendizaje, los contratos fijo-discontinuos y los contratos celebrados por ETTs con personas trabajadoras para su cesión a una empresa usuaria, siempre que sean contratos temporales o indefinidos que tengan la duración mínima establecida en la presente convocatoria y que reunan los siguientes REQUISITOS:
o La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al perfil de la persona contratada.
o Deberán formalizarse por escrito en modelo oficial haciendo constar expresamente la formación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, de fin del contrato, la duración del mismo, la jornada laboral, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
o Podrán ser a jornada completa o a jornada parcial (nunca inferior al 70% de la jornada laboral establecida).
o Deberá constar en los contratos la retribución bruta anual en el caso de los indefinidos y de duración igual o superior a un año, o la retribución mensual en el caso de los contratos del igual o superior a los 6 meses e inferior al año.
En ningún caso, se subvencionaran contratos cuya retribución bruta anual sea inferior a:
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster – Plan Bolonia, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario – Plan Bolonia 24.000 €
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) 18.000 €
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Fomración Profesional Basica y Certificados de Profesionalidad 15.000 €
Educación Secundaria Obligatoria o sin estudios 12.600
Para mayor información no dudes en consultarnos.